Dependencia Laboral

– INFORME EPDL.

El presente documento tiene por objeto realizar algunas consideraciones sobre el ejercicio profesional de aquellos ingenieros de telecomunicación que, en virtud de sus competencias legales, firman proyectos, certificaciones u otros trabajos para una determinada empresa a la que les une una relación de dependencia laboral.

Se trata así de dar respuesta por parte del COIT a las dudas y cuestiones que surgen a los ingenieros de telecomunicación colegiados que están sujetos a su vez a un régimen de dependencia laboral.

INDICE 

– Objeto.

– Planteamiento.

– Definición de EPDL.

– Delimitación.

– El Ingeniero de Telecomunicación y sus competencias.

– El Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT) y los Ingenieros de Telecomunicación.

– El Visado de los trabajos profesionales.

– El COIT y las empresas de telecomunicaciones.

– El Delegado del COIT en las empresas bajo Convenio de Visado.

– Proyectos que necesariamente deber ser visados.

– ¿Qué requisitos específicos son necesarios para visar trabajos realizados por colegiados en régimen de dependencia laboral al amparo de un Convenio?.

– ¿Qué significa el acto de visar un proyecto y qué representa para una empresa?.

– ¿Qué implicaciones tiene el firmar un proyecto?.

– Firma de los Proyectos parciales.

– ¿Qué responsabilidades asume la empresa y cuáles el Ingeniero de Telecomunicación colegiado?.

– ¿Qué cobertura de seguro tienen los ingenieros de telecomunicación colegiados que firman proyectos u otros trabajos y los presentan a vidado?.

– ¿Qué cobertura de seguro ofrece el COIT a los ingenieros de Telecomunicación colegiados que firman poryectos u otros trabajos y los presentan a visado?.

– ¿Qué ocurre si un ingeniero de telecomunicación colegiado que ha estado firmando proyectos para una empresa deja la relación laboral con la misma?.

– ANEXO I

– ANEXO II

– ANEXO III

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