VERIFICACIÓN DE PROYECTOS DE ICT
SERVICIO DEL COIT COMO ENTIDAD DE VERIFICACIÓN ACREDITADA

 El actual Reglamento de ICT aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, establece que a todos los proyectos de ICT (y proyectos modificados) se aplique, con carácter obligatorio, un proceso de verificación del proyecto desarrollado por una entidad acreditada para realizarla.

El Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación como entidad acreditada por Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información presta dicho servicio de verificación a los proyectistas de ICT.

¿Qué garantiza el servicio de verificación?

La verificación de un proyecto (o proyecto modificado) de ICT garantiza, de acuerdo a la Orden ITC 1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones, los siguientes extremos:

  1.  La comprobación de la habilitación profesional del autor del proyecto técnico.
  2. La comprobación de la integridad documental del proyecto verificado y de que, el mismo, se ajusta a la estructura y contenidos que se determinan en el anexo I de la orden ITC 1644/2011, de 10 de junio.
  3. La comprobación de que el proyecto verificado cumple la normativa vigente aplicable al mismo.
  4. La comprobación de que el proyecto verificado cumple con lo dispuesto en la legislación vigente en relación a los parámetros técnicos recogidos en el anexo II de la orden ITC 16/44, de 10 de junio.

¿Qué prestaciones tengo en el servicio ofrecido por el COIT?

Además de la garantía de cumplimiento de los extremos sometidos a control, indicados anteriormente, el COIT ofrece como parte del servicio:

  • Tramitación electrónica de la verificación a través de la plataforma telemática garantí@COIT, con plazos de respuesta de 24 horas (para proyecto verificado o notificación de incidencias).
  • Archivo documental electrónico (y gestión del histórico de trabajos) de los proyectos verificados en la plataforma garantí@COIT.

Los proyectistas colegiados en el COIT, tendrán además la Cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil sobre el trabajo verificado, que el COIT ofrece a sus colegiados, como parte de sus servicios de garantía de trabajos profesionales. Las condiciones de dicha cobertura son las indicadas en: http://www.coit.es/index.php?op=seguros_civil

¿Cómo solicitar el alta en el servicio?

El servicio de verificación se presta a través de la plataforma telemática garantí@COIT.

Si no está dado de alta en garantí@COIT, para solicitarla es necesario enviar una solicitud de correo electrónico a e-garantia@coit.es indicando nombre, apellidos, titulación profesional y número de colegiado. En breve nos pondremos en contacto para informale detalladamente.

Precio del servicio

Puede consultar las tarifas vigentes en:
http://www.coit.es/index.php?op=gestionv_dv

Más información

Puede contactar con nosotros para solicitar más información de forma presencial o telefónicamente en nuestra oficina del Servicio de Trabajos Profesionales de Andalucía Occidental y Ceuta. C/ Imagen 8, 5º A. 41003 Sevilla. 954 56 16 01

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